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¿CÓMO ANULAR/COMUNICAR DE BAJA UNA FACTURA?

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Si existen FACTURAS O BOLETAS DE VENTA electrónicas que no han sido entregadas a sus clientes, pueden ser dadas de baja a través de una comunicación a la SUNAT, siempre que se cumpla lo siguiente: 

  • Previamente hayan sido informadas a SUNAT y cuente con un CDR – ACEPTADO (Constancia de Recepción – Aceptada).
  • Plazo para generar la comunicación de baja: hasta las 7, contados desde el día de emisión del comprobante.
    • Puede generar de las siguientes maneras:
      • OPCIÓN 1: 
        • Buscar su documento por serie / correlativo.
        • Seleccionar opciones del comprobante.
        • Seleccionar ANULAR o COMUNICAR DE BAJA.
      • OPCIÓN 2: 
        • Ir al panel de ANULACIONES.
        • Seleccionar Comunicaciones de baja.
        • Agregar o elegir un documento.
    • En las dos opciones se mostrará el siguiente cuadro:
    • Debe digitar el motivo.
    • Consultar el estado de la anulación a la SUNAT.

MUY IMPORTANTE:
Si la Comunicación de Baja es rechazada se deberá emitir una Nota de Crédito para anular el comprobante que no se pudo anular usando esta opción.
Las comunicaciones de baja de las Boletas de Venta o notas asociadas son enviadas a la SUNAT o al OSE luego de que el comprobantes asociado sea aceptada. Esto ocurre normalmente al día siguiente. Si la Boleta de Venta o nota es rechazada la comunicación de baja no tiene ningún efecto.

 

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